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22.5.15

¿Y vos qué hiciste?

MEDIOS 



Mirtha Legrand y Laura Miller, en Canal 13. 

Legitimación | Desde “ella lo provocó” hasta “algo hizo para que él la trate así”, la violencia machista tiene una larga lista de “justificaciones”. Se escuchan en la calle, pero también en la TV. Mirtha Legrand empleó esa fórmula con una invitada a su mesa. En Corrientes, a un hombre que mató a su mujer le redujeron la pena porque ella le había sido infiel. 

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ANÁLISIS 

“¿Pero vos qué hacías para que te pegara?”. Esa fue la pregunta que le hizo Mirtha Legrand en su programa de Canal 13 a la cantante Laura Miller, víctima de la violencia machista, según ella misma denunció públicamente. “¿Cómo yo qué hacía?”, le replicó, algo molesta, a Legrand, que insistió: “¿Hiciste algo anormal, algo malo?”. “No, lo que pasa es que nadie tiene el derecho de levantarte la mano”, aclaró Miller. 
Como describe Mariana Carbajal en Página 12, recién en ese momento, cuando se dio cuenta de que no iba a poder pisotear a “su” víctima, Legrand intentó torcer su rumbo, pero con poco éxito: “Está mal hecha mi pregunta, ¿qué motivaba que ese hombre tuviera que golpearte?”, pretendió corregir y volvió a tropezar.
Los demás invitados abonaron la idea de la diva de la TV argentina de que un hombre golpea porque lo provocan. “Qué le disparaba a él, porque la verdad es un enfermo”, dijo el comediante Jey Mammon, sin advertir que los hombres que ejercen violencia contra sus parejas o su exparejas no son enfermos ni nacen violentos. Como dice Carbajal, “aprendieron” así a resolver sus conflictos en una relación supuestamente amorosa y muchos, tal vez, fueron testigos de violencia intrafamiliar en su infancia. Solo un porcentaje menor pueden ser psicópatas.
“La pollera corta o el escote, porque viste que a algunos les pasa por ahí”, agregó en la mesa de Mirtha el periodista de espectáculos Daniel Gómez Rinaldi, insistiendo en la responsabilidad de la víctima.
Los mitos que sostienen la violencia machista son múltiples: que los varones son violentos por naturaleza, que solo la sufren las mujeres sumisas e ignorantes, que es cosa de pobres, que si se quedan en la relación es porque les gusta que las maltraten, que si no hay golpes no es violencia, que no hay que meterse en los problemas de la pareja...

No todos los que ejercen violencia contra sus parejas son enfermos o nacen violentos

Otro de los mitos más comunes es aquel que sostiene que las víctimas son responsables de las violencias que reciben y se replica con frases como: “Ella lo provocó” o “algo hizo para que él la trate así”. Los mismos maltratadores suelen apelar, después de dar el cachetazo aleccionador a ese razonamiento falaz: “Mirá lo que me hiciste hacer” o “Mirá cómo me ponés”, revictimizando a la víctima. El “por algo será” remite al sentido común que pretendió instalar la última dictadura militar para justificar el terrorismo de Estado.
Carbajal recuerda que, en 2011 en Telefé, Susana Giménez le preguntó a Victoria Vanucci, expareja del Ogro Fabbiani: “¿Vos le hiciste algo para que te pegue?”. A Vanucci –que un año antes había acusado al futbolista de malos tratos y denunciado judicialmente por amenazas– se la vio desconcertada, también incómoda, como a Miller. Susana había pasado (otro) límite: ella, que también supo ser víctima de violencia machista, a manos del exboxeador Carlos Monzón, quien terminaría asesinando a otra de sus parejas, Alicia Muñiz, en 1988.
Pero no solo en los medios se potencia la creencia de que el golpe, el maltrato, la humillación o la descalificación son, en cierto modo, “merecidos” por las víctimas, porque “algo habrán hecho”. También ocurre en la Justicia. Carbajal señala que, justamente, lo más grave del reciente pronunciamiento de los jueces de la Cámara de Casación Penal bonaerense, Horacio Piombo y Benjamín Sal Llargués, es que están convencidos de que es menos grave que un niño ya violado sea otra vez violado.
En 2007, esos mismos jueces redujeron la pena impuesta a un hombre que había matado a martillazos y cuchillazos a su esposa, al evaluar, entre otras cosas, la actitud “casi provocativa” de la víctima. En ese caso, el camarista Carlos Natiello votó en disidencia.

No solo en los medios se potencia el mito de que el golpe es “merecido”; también se da en la Justicia

En 2013, la Suprema Corte bonaerense anuló, por arbitrario y por fundarse en prejuicios discriminatorios, otro fallo por el que los mismos magistrados liberaron a un pastor de un culto no reconocido que había abusado sexualmente de dos niñas de 14 y 16 años de familias pobres, y las dejó embarazadas. Para los dos camaristas, el delito de corrupción de menores no se configuraba en ese caso por tratarse de “mujeres que viven en comunidades en las que el nivel social acepta relaciones a edades muy bajas” y que “además poseían experiencia sexual”.
En Corrientes, en 2014, la Justicia le redujo la condena a un hombre acusado de matar a su esposa porque ella le había sido infiel. Es decir, para el tribunal que juzgó al asesino, la infidelidad de su esposa debía considerarse una “circunstancia extraordinaria de atenuación” de la pena. Por esa razón, en vez de prisión perpetua, el acusado fue condenado a 15 años.
El crimen ocurrió en la localidad de Ramada Paso, a unos 60 kilómetros de la capital, en mayo de 2011. Allí, un joven de apellido Sánchez, de 36 años, golpeó y degolló con un machete a su esposa, de apellido Leiva, de 16 años.
Así, Sánchez, en lugar de ser sentenciado por “homicidio calificado por el vínculo” (prisión perpetua), lo fue por “homicidio simple” (entre 8 a 25 años de prisión). El propio fiscal pidió esa contemplación, que figura en el artículo 80º del Código Penal, al que se le agregó, con la incorporación de la figura del femicidio en 2012, que “esto no será aplicable a quien anteriormente hubiera realizado actos de violencia contra la mujer víctima”.
Según informó Norte Corrientes en ese entonces, los jueces Cynthia Godoy Prats, Ricardo Carbajal y Rafael Escarlón, integrantes del tribunal, consideraron que la pena debía ser mayor “dada la edad de imputado, y la escasa edad de su esposa, como el mismo nivel social y de instrucción de ambos, y el hecho que dejara sin madre a dos niños inocentes de todo el conflicto entre sus padres”.
Sin embargo, la legislación establece que el monto de pena requerida por la parte acusadora pone un tope, por lo que el tribunal debe pronunciarse por una igual o menor a la solicitada por el fiscal, pero nunca mayor.

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